Parece ser que las diferentes cadenas de radios –tanto nacionales como extranjeras- podrán volver a ejercer su derecho a libertad de información sin tener que pagar (de manera cautelar) el “canon” exigido por parte de la Liga de Fútbol Profesional (LFP).
El conflicto
Tal y como reproduje en una entrada anterior “(El penúltimo capítulo en el conflicto radiofónico #noalfutbolsinradio)”,las cadenas de radio -más concretamente sus periodistas- llevan desde el pasado mes de agosto del pasado año sin acceder a los campos de fútbol para narrar los encuentros en directo. En este conflicto existen dos posturas claramente enfrentadas y por ello durante el campeonato de Liga 2011/2012 no se llegó a una solución consensuada al respecto.
Cabe recordar que las discrepancias entre los operadores radiofónicos y la LFP no se limita a la cuantía del coste citado, sino que se extienden al propio contenido del derecho fundamental a lainformación. La Liga considera que el derecho de acceso sólo incluye el acceso –valga la redundancia- a las cabinas, excluyendo el acceso a zonas mixtas, pie de campo, antepalco, sala de prensa, etc. Por el contrario, las diferentes cadenas de radio consideran que el acceso a todos estos servicios deberían entenderse incluidos dentro del derecho que confiere a éstas al acceso a los estadios.
Normativa
Para intentar poner solución a este conflicto, el Gobierno publicó el pasado 21 de abril de 2012 el Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril el cual modifica el artículo 19.4 de la Ley General Audiovisual y determina que «4. Los prestadores de servicios de comunicación audiovisual radiofónica dispondrán de libre acceso a los estadios y recintos para retransmitir en directo los acontecimientos deportivos que tengan lugar en los mismos, a cambio de una compensación económica equivalente a los costes generados por el ejercicio de tal derecho.
La cuantía de la compensación económica será fijada mediante acuerdo de las partes. En caso de discrepancia sobre dicha cuantía, corresponderá a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones resolver el conflicto mediante resolución vinculante, a solicitud de alguna de las partes y previa audiencia de las mismas.»
La regulación fue clara al respecto y dio la opción a las diferentes partes implicada a llevar a cabo una negociación, y sólo en caso de discrepancia entre las partes, correspondería a
la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) fijar dicha compensación. Con posterioridad a la publicación de estar normativa, tanto la LFP como los operadores radiofónicos han mantenido diversas reuniones donde han intercambiadoinformación, pero no han llegado a un acuerdo.
Condiciones de la Liga
La LFP señala que la compensación económica que debían satisfacer los operadores radiofónicos para el acceso a una cabina de comentarista, un máximo de tres personas, con posibilidad de conexión telefónica fija, para todos los partidos de la Liga BBVA (1º División) y Liga Adelante (2º División) ascendía a una cantidad que rondaba los 700.000 euros por cadena de radio. Además señalaba que no quedaba incluido en esta cantidad servicios como el acceso a la zona mixta, sala de prensa, terreno de juego, antepalcos, entrevistas en el túnel de vestuarios, etc…
Propuesta de la CMT
La CMT establece en esta medida cautelar que el importe de la compensación por los costes derivados del ejercicio del derecho de acceso a los estadios reconocido en el artículo 19.4 de la Ley Audiovisual asciende a 98 euros por partido/estadio para las competiciones de 1º División, 2º División y la competición de la Copa de S.M el Rey (excepto la final).
En este punto la CMT se pronuncia –aunque no tenga competencias en materia de delimitar al alcance de la libertad de acceso- respecto a la cuantía que deben pagar los operadores radiofónicos por el acceso a zona mixta, sala de presan, pie de campo, etc. La Comisión estima que los costes que generan las cadenas de radio son 0
Conclusiones
La medida adoptada por el regulador será definida por muchos como una medida totalmente política, pero en mi opinión la cantidad exigida por parte de la Liga era totalmente desorbitada y la compensación económica que propone la CMT se ajusta un poco más a la realidad de mercado y hace disminuir esa remuneración prácticamente a la mitad del “canon” exigido por la LFP.
Hay que tener en cuenta que esta medida cautelar y provisioanl adoptada por parte de la CMT viene condicionada por la peculiar situación vivida durante este tiempo. Cabe hacer hincapié en que, tras casi un año desde que las radios accedieron por última vez a un estadio, y ante el inminente inicio de las temporada 2012/2013 –la cual comienza el próximo 18 de Agosto-, era necesaria una medida de este tipo por parte de la CMT en aras de salvaguardar los derechos de las diferentes partes implicadas.