No parece que soplen vientos favorables en éste, nuestro mundo actual. Vivimos tiempos difíciles, con turbulencias y varios frentes abiertos dentro de nuestra sociedad, en nuestra querida y sufrida España, también en Europa y otros continentes.

Las causas para que estemos ante esta tormenta, casi perfecta, son variadas, tan diversas como ya machaconamente apuntadas por ríos y ríos de tinta que, en este largo y complejo lustro fatídico, muchos plumillas se han encargado de llevar a las páginas de los diarios de opinión más reputados de medio mundo.

No solo periodistas, también los economistas, sociólogos, escritores, profesores, jubilados, amas de casa, etc. se han esforzado en explicar unos y, entender los otros, en qué consiste esto que ya nos suena a casi nada, por el desgaste que conlleva y lo desgastado del término: Crisis.

En los más de cinco años que llevamos inmersos en esta desconcertante etapa de decadencia económica y de valores, fuimos testigos, como espectadores convidados a un convite que nunca quisimos asistir, del derrumbe de una todopoderosa Lehman Brothers Holdings Inc, fundada en 1850, compañía global de servicios financieros de EE.UU. Este monstruo empresarial había resistido una guerra civil, la crisis bancaria de 1907, también sobrevivió al Crack del 29, a escándalos en el trading de bonos, a colapsos en Hedge Fund. Su destino final, por caprichos (o no) del destino, ha querido que seamos nosotros, los hombres y mujeres de principios del siglo XXI los que, por culpa de lo que luego se llamó crisis subprime, se desmoronase con un pasivo de $613.000MM, la mayor quiebra de la historia hasta el momento y, con ello, quizá, el principio de la caída de un serpentín de piezas que vemos seguir cayendo, en este, nuestro actual mundo convulso; en esta, nuestra sufrida y querida España.

Antes citaba a todo un elenco de profesionales y actores de nuestra sociedad que se han esforzado unos en entender y, los otros en explicar, los porqués de esta inquietante y, en ocasiones desesperante, caída de piezas, de este enorme serpentín económico, político, social, cultural, etc. que en otros tiempos mejores servía de fotografía fija para que nadie se esforzara en entender, ni explicar, los principios y conceptos micro y macro económicos.

Nótese que en esa muestra representativa de personas y profesionales, no cité a los abogados. La R.A.E define a los abogados, en su primera acepción, como: “Licenciado o doctor en derecho que ejerce profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico”. Señalo lo anterior, para que entremos a reflexionar sobre otro plano, sobre el que también la crisis ha podido afectar, al menos en su aspecto móvil, pues en su fotografía fija, aquí, quizá, los principios pueden estar más claros (al menos en su conceptuación).

Cuando hablo de una España que sufre, que duele, no es por hacer prosa poética, es por la triste realidad menos prosaica de los términos. Desde nuestra vertiente de operadores jurídicos, los abogados, como letrados que nos dedicamos profesionalmente a la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico, como así describe la propia Real Academia Española, necesitamos también un marco, para que las piezas que en él contemplamos no se vengan abajo, como ese serpentín de lo económico, que la crisis parece haber empujado sin fin.

Pues bien, el mejor marco con el que podemos contar los abogados y, por tanto, todos nuestros representados, por extensión, la sociedad misma, que necesita ejercer su derecho de defensa, proclamado en nuestra Carta Magna, es el marco del Estado de Derecho.

Antes de valorar la salud actual, con la que cuenta aquél, tras el paso de este tsunami de crisis y, algo más, que no acaba de abandonar España, ni el otro medio mundo, que también se ve azotado por ello, haré algún apunte sobre el alcance del derecho fundamental de defensa, cuya cobertura y protección es del todo necesaria para los hombres y mujeres, que se encuentren dentro de ese marco.

El Derecho de Defensa, se encuentra recogido en nuestra Carta Magna. El reconocimiento constitucional lo encuadra, además, como derecho fundamental, cuya exigencia hace que deba ser respetado y promovido por todos los poderes públicos (Art. 9.3 CE), con una protección también especial y reforzada, a través del amparo, tanto ordinario, como constitucional (Art. 53.2 CE). En el Art. 24.1 CE queda consagrado este derecho fundamental: “Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”.

En el segundo apartado de este Art.24 CE, se señalan otros derechos, también fundamentales, de carácter instrumental, que hacen posible articular aquél: “Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia”.

Señalado lo anterior que, como podemos ver, no es cosa menor, podríamos decir que, dentro de un marco, como el configurado en el Estado español, como un  Estado de Derecho, lo principal, es decir los principios formales y también los principios materiales de aquél, deberían funcionar y articularse de forma correcta.

Pero entonces tenemos que reparar en si el marco de este Estado de Derecho, también se ha movido un poco (o un mucho) de su configuración originaria, de si este tsunami ha levantado o resquebrajado las raíces de aquél.

El Estado de Derecho fue desarrollado por la doctrina alemana de Derecho Público en el primer tercio del S.XX en torno a criterios formales, como los principios de legalidad de la Administración, la división de poderes, la supremacía y reserva de ley, la protección de los ciudadanos mediante tribunales independientes y la responsabilidad del Estado por actos ilícitos, complementados en la posguerra, con otros de tipo material, como por ejemplo que toda la actuación de los poderes públicos debe dirigirse a la consecución de valores…(Veáse Stern).

En el Estado de Derecho, los poderes públicos y los ciudadanos están sometidos al imperio de la Ley, con la consiguiente interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Sin duda, lo más importante, en un Estado de Derecho es el imperio de la Ley.

No pretendo ahora hacer un repaso, si quiera fragmentado, de cuáles son (en caso de que así haya sucedido), los principios que este cambio de ciclo, por el que ahora pasamos, haya podido destruir, al menos, descolocar o mover de su marco original tal y como fue concebido el Estado de Derecho.

Pero, permítanme que sí reflexione y aquí lo haga extensivo a los lectores de este blog, sobre la conveniencia de conseguir que este marco no se mueva demasiado, es más, de haberse movido de su posición original, deberíamos de ser conscientes de su necesaria y, casi obligada, recolocación. Y, digo obligada, pues es la responsabilidad de hombres y mujeres, de profesionales y amas de casa, de economistas y fontaneros, de toda la sociedad, estar muy alerta para que los principios que conforman este marco, sigan estando bien enclavados, como raíces estables y fuertes, que sustenten el gran árbol que conformamos todos los ciudadanos dentro de un Estado de Derecho.

Somos conscientes que el tsunami que nos azota es también fuerte, que choca con mucha virulencia sobre este árbol que lleva intentando dañar sus raíces un año tras otro en estos tiempos, pero la fortaleza de este árbol, créanme, hará posible que resista y se mantenga firme, para seguir protegiendo a las sociedades frente a la destrucción, no sólo económica, también de valores.

La responsabilidad de los operadores jurídicos, en estos tiempos, es mayor aún si cabe, que la del resto de miembros y profesionales de esta sociedad y, lo es, no por su mayor deber de proteger aquél, pues el deber es de la sociedad en su conjunto, lo es y lo tiene que ser, por ser los encargados de velar por el respeto de la ley; lo es y lo tiene que ser, por ser los encargados de instrumentalizar el derecho sagrado de defensa de todos; lo es y lo tiene que ser por ser los encargados de impartir Justicia con objetividad, respetando un proceso con todas sus garantías y sin arbitrariedad…

En esta gran responsabilidad compartida, no me olvidaré de los creadores de las leyes, pues es importante reparar que por mucho que el resto de la sociedad intentemos aportar, cada uno en su parte alícuota de aquélla, para hacer que los cimientos de nuestro Estado de Derecho no se vengan abajo, el propósito es en vano, si por el gran azote de este tsunami, el legislador se arrodilla ante el mismo y aprueba leyes que, aunque leyes sean, se aparten de lo justo, de aquellos grandes principios que todo Estado de Derecho tiene que recoger y proteger pues, de lo contrario, es seguro que nuestro árbol no soportará más los azotes de este tsunami ya que sus raíces no serán lo suficientemente fuertes y estables para aguantar.

De acuerdo