Si las transformaciones desde arriba son importantes y necesarias, no son menos las que se han venido produciendo entre los accionistas con la introducción de Internet en su funcionamiento. Durante años se discutió el papel de los stakeholders -expresión que hace referencia a los grupos de interés en una empresa- cómo debía ser su modelo o incluso qué se escondía en realidad detrás de ese concepto. Para muchos, principalmente directivos, el modelo de stakeholders se oponía al modelo tradicional de shareholders, es de decir de los accionistas. Según este último, el propósito de las corporaciones era simple y llanamente promover el valor del accionista, en un sentido normalmente cuantitativo y centrado en dos elementos: incrementar el valor de la acción e incrementar el dividendo. El modelo basado en grupos de interés, por el contrario, servía a un mayor rango de intereses.
El Gobierno Corporativo, según los Principios de la OCDE, ayuda a asegurar que las corporaciones tengan en cuenta los intereses de un grupo amplio de elementos o entidades, así como de las comunidades en las que realizan sus operaciones, y que sus Consejos rindan cuentas ante la compañía y sus accionistas. Esto, a cambio, ayuda a asegurar que las corporaciones operan para el beneficio de la sociedad en su totalidad. El debate sobre qué modelo debía predominar se movió en otro sentido toda vez que se comprobó que los modelos no se confrontaban sino que se complementaban y presuponían.
Los grupos de interés de las compañías incluyen diferentes elementos según quienes los definan, mencionando siempre a los accionistas junto a empleados, directivos, acreedores, sindicatos, clientes, proveedores, la comunidad local y las futuras generaciones. Quizá haya quien pueda discutir que alguno de ellos se incluya, pero todos tienen una base común unas, demandas comunes que se pueden concretar en cuatro principios: transparencia, rendición de cuentas, responsabilidad e imparcialidad.
La necesidad de transparencia se centra en proporcionar toda la información financiera y no financiera que sea relevante en la vida de la compañía. La rendición efectiva de cuentas busca que los directivos sean supervisados correctamente en el ejercicio de sus funciones y, en su caso, removidos de sus posiciones y reemplazados por independientes. El propósito de la imparcialidad es que exista un trato equitativo para todos los inversores, mientras que la responsabilidad alude a la necesidad de asegurar que se cumple un rol acertado dentro del conjunto de la sociedad.
Por tanto, para poder introducir los principios anteriores, parece conveniente que exista una involucración más directa, menos mediada en el gobierno de las empresas, votar, en la medida de lo posible, las decisiones. Entonces entendemos que la utilización del voto electrónico para tratar los puntos del orden del día de las Juntas Generales es uno de los puntos más nítidos. Sin duda, es un tema de singular importancia, por cuanto concede a cada accionista la posibilidad de juzgar conforme a sus intereses las decisiones que se pretenden adoptar por parte del Consejo, mediante la asignación de unos identificadores de los derechos de voto. En algunos países, este voto se ha encontrado con obstáculos jurídicos, ya que no parecía del todo claro que se pudiesen garantizar todos los derechos y la seguridad necesarias mediante la utilización de firmas electrónicas o accesos seguros a páginas web creadas para tales efectos.
Existen otras problemáticas asociadas como son el cómo constituir un Consejo cohesionado, cuál es el rol de los consejeros independientes, y la posibilidad de que se forme un mercado en el que se comercialice el voto manteniendo ciertas apariencias democráticas, y el establecer unos límites y unas guías que no impidan, por exceso de pretensiones que parecen democráticas, el gobierno efectivo de la compañía.
La elección de los consejeros independientes por un mecanismo competitivo de voto por parte de los accionistas, y pagado por la corporación podría ser suficientemente capaz y, presumiblemente, merecer la confianza de los accionistas. Además, se podría elaborar un mecanismo análogo para la realización de propuestas y atribución de poder dichos consejeros electos. De esta manera, se añade valor a la firma, y aunque puede causar el abandono por parte del cuerpo directivo cuando sus intereses difieran de los de los propietarios, siempre existirá un canal interno a los órganos de gobierno para canalizar la voz del accionista.
En este sentido, la nominación de los directores de la compañía tendría que seguir un camino parecido. Los accionistas se beneficiarían si estuviesen más directamente implicados con su voto en el proceso de nombramiento y monitorización del cuerpo directivo. Pero, ¿cómo pueden los accionistas minoritarios tener candidatos compitiendo para servir a sus intereses y al mismo tiempo conseguir un Consejo que gobierne de manera efectiva en ese contexto? Una vía podría ser la especificación de un agente, de un “líder” que guía la nominación de los sujetos para lograr una composición coherente, ya que los miembros del consejo necesitan trabajar como un verdadero equipo para guiar a la empresa. Parece, entonces, conveniente que exista algún tipo de mediación profesional o independiente entre un voto directo y universal en la elección y la composición de los miembros directivos y del consejo.
Pero quizá el peligro mayor en el voto o en la delegación de los derechos de voto mediante Internet es la tentación, posible pero también real, de vender sus votos. Por la misma razón por la que un pequeño, y egoísta hasta cierto punto, accionista no pagaría por un consejo en la orientación de su voto, probablemente aceptaría con agrado que la proporcionasen algunos céntimos por cada una de sus acciones para dejar el voto al pagador. En este sentido, la misma integración de las herramientas que existen en el mercado -basadas en Internet- para canalizar el consejo sobre el criterio de voto acerca de algunos temas, pueden hacer mucho más fácil que los votos sean vendidos. O lo que es peor, puede haber personas que se muestran como asesores pero que en realidad sirvan de canal de publicidad para determinadas opciones o incluso de entidad interpuesta de alguno de los componentes de los órganos de gobierno de la empresa. Entonces volveríamos a la casilla de partida: volveríamos a desposeer a los accionistas minoritarios de su potencial. Por tanto, estas posibilidades tendrían que estar prohibidas una vez que se habilitasen los medios de voto electrónico para hacer efectivo el gobierno corporativo, o bien se tendría que mantener en secreto el procedimiento de consulta, separando siempre los procesos de consulta y petición de consejo de los de delegación de voto o voto en sí de forma electrónica.
Internet convierte al que tiene capital de una empresa, en un verdadero elemento de interés. Por otra parte, la propia la organización de ese capital supone un gran potencial de crecimiento, manteniendo su estructura básica. Quizá sea ese proceso de obtención de poder el que convierta al accionista (shareholder) en un grupo de interés (stakeholder). Cada individuo, unido y organizado con otros, es el que tiene ahora el poder (powerholders). Es una parte interesada y quiere participar de forma efectiva en el día a día de la gestión y del gobierno de las empresas. Pero necesita formarse una opinión primero y luego organizarse para poder hacer más eficaz su poder.