El 17 de enero de 1966, dos aviones pertenecientes al ejército de EE.UU colisionaron en el aire, el primero un bombardero B-52 con 4 bombas termonucleares y el segundo un avión KC-135 de reabastecimiento, del accidente quedo como consecuencia que cuatro de los 11 tripulantes sobrevivieran y dos de las cuatro bombas, llamadas posteriormente W-2 y W-3 se rompieran y esparcieran plutonio y Uranio en las costas de Palomares, tres en tierra y una en el mar. Palomares es un pueblo pequeño con 1883 habitantes a día de hoy, pero Palomares y sus bombas de la Guerra Fría forman parte de la historia de España.

La W-2 cayó en un pequeño valle, detrás del cementerio al oeste del pueblo, y W-3 en terreno agrícola en una pequeña cañada al este. Los explosivos de alta potencia en estas dos últimas bombas se detonaron debido al impacto, ocasionando que el Plutonio que estaba en su interior se esparciera por toda la zona, la contaminación por partículas de Plutonio 239 y 240 se distribuyó en diversos grados sobre un área de 2,26 km, en el momento del accidente el Ejército de EE.UU. puso entonces en marcha una operación Broken Arrow (Flecha Rota en inglés), nombre que reciben los accidentes con armas nucleares. Cientos de soldados junto con operarios de la Junta de Energía Nuclear (JEN) acudieron a la zona y realizaron unas labores de limpieza; sin embargo, quedo material subterráneo del cual no se supo sino hasta tiempo después.

Con el accidente la contaminación en el ambiente fue inminente, se formo una nube de finas partículas compuestas por los óxidos elementos transuránicos que formaban parte del núcleo la cual fue dispersada por el viento y sus componentes se depositaron en una zona de 226 hectáreas que incluía el área de monte bajo, campos de cultivo e incluso llego afectar a las zonas urbanas; las zonas contaminadas que están decretadas por el gobierno nacional son tres, una cerca del cementerio, un solar en el centro de la peania y 20 hectáreas en la sierra de Almagrera, donde el viento llevo parte de la contaminación durante la caida de la bomba.

Sin embargo, la situación socioeconómica de Palomares sufrió una drástica transformación se convirtió en un desarrollo económico continuo y creciente que incluía muchos invernaderos, prácticas agrícolas intensivas y el uso extensivo de la tierra, así como un desarrollo fuerte y estable del turismo con un aumento significativo de la nueva edificación lo que claramente estaba condicionado a las zonas restringidas por el impacto de las bombas en el terreno afectado.

En el año 2004 España decidió iniciar el plan de descontaminación de la zona y desde entonces ha insistido constantemente en que EEUU se haga parte de este mismo proceso, lo que conllevo que en el año 2005 España y Washington firmaran un acuerdo para limpiar la zona faltante y compartir responsabilidad por el accidente. Sin embargo, el acuerdo no ha sido cumplido hasta el momento, en parte debido a los constantes cambios de políticas interiores de cada país que han dado como consecuencia, que hasta el momento, no se haya realizado la limpieza del área.

En el año 2010 el CIENET “Centro de Investigación Energética, Medio Ambiente y Tecnología” realizara un informe señalando que existía alrededor de 50.000 metros cúbicos de tierras afectadas de los cuales 4.200 tienen un nivel de radiación que implica la restricción total del uso de este; sin embargo, la declaración de intensión sobre la limpieza del área trajo como consecuencia que de 50.000 se redujera a 28.000 metros cúbicos de tierra a descontaminar; así mismo dentro del informe se añadió una propuesta preliminar con las líneas generales para retirar los terrenos con contaminación radioactiva Palomares.

La causa promovida por el grupo Colectivo de Ecologistas en Acción en el año 2017 tenía como intención primordial que la Audiencia Nacional fijase una fecha límite para la realización de la limpieza del área, así como también la desclasificación de cuatro documentos señalados como secretos para incluirlos como medio de prueba en la causa, de los cuales solo uno fue aceptado como medio de prueba; todo esto en relación a que la Audiencia Nacional resolvió que de los 28.000 metros cúbicos antes nombrados y con el arreglo que había realizado España con EEUU a este último solo le correspondería la limpieza de 6.000 a 3.000 metros cúbicos que se deberían almacenar el EEUU; a este fallo el Colectivo presento un recurso de reposición solicitando que se requiera nuevamente a CSN para la entrega del informe de la Dirección Técnica de Protección Radiológica, que evaluó los niveles de intervención para la restauración de los terrenos afectados por el accidente y que fue aprobado, en la sesión del CSN celebrado el 22 de julio del 2010 y finalmente en el caso de que la respuesta fuese negativa que explicara los motivos.

¿Pero cuál ha sido la postura de la Comisión Europea?

La Comisión Europea recomendó a España que en el 2010 se efectuara el Plan de Rehabilitación y la Limpieza del área en Palomares teniendo en cuenta todos los estudios científicos realizados en cuanto al daño colateral y directo de un impacto Ambiental como la contaminación de un área con Plutonio; ahora la CE ha dado un ultimátum a España máximo hasta el 2021 para decidir e informar sobre los procesos alcanzados respecto de la limpieza del terreno y el cumplimiento el articulo 35 del tratado EURATOM “Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica” y se extraiga el suelo contaminado para su deposito de forma segura en un almacenamiento.

En el tratado antes mencionado se encuentra el Capitulo 3 sobre la protección sanitaria donde en sus artículos contiene las normas básicas sobre la protección sanitaria de la población y los trabajadores contra los peligros que resulten de las radiaciones ionizantes, como por ejemplo las dosis máximas admisibles con un suficiente margen de seguridad; las exposiciones y contaminaciones máximas admisibles entre otros.

Dentro de este mismo articulado encontramos la facultad que se le otorga  a la Comisión sobre las recomendaciones necesarias con objeto de asegurar la armonización de las disposiciones aplicables a los Estados miembros como sucedió en este caso; así mismo como énfasis en el caso concreto el articulo 35 señala que cada Estado miembro deberá crear las instalaciones necesarias a fin de controlar en modo permanente el índice de radioactividad de la atmosfera, de las aguas y del suelo y así mismo la Comisión tendrá derecho de acceso a estas instalaciones de control y podrá verificar su funcionamiento y eficacia.

La Audiencia Nacional reitero la petición al gobierno en mayo del 2020 con la solicitud de la desclasificación del Plan de Rehabilitación para el área contaminada con Plutonio en Palomares y así lograr decidir si ordenaba o no al CSN “Consejo de Seguridad nuclear” fijar un plazo para la ejecución de la limpieza del área contaminada que se encuentra bajo vigilancia radiológica; todo esto sumado a que en años anteriores se habían realizado análisis radioquímicas del área por parte del CSN que dio como resultado que existía contaminación y posteriormente el 1 de septiembre del 2020 tras el requerimiento por parte de la Comisión Europea trajo como resultado que de los 107 análisis recogidos 72 filtros de aire de partículas de polvo 28 de ellas de ellas están contaminados en productos alimenticios como las hortalizas cultivadas y siete de ellas mostraron resultados de contaminación en flora y fauna silvestre, lo cual es sumamente preocupante para el Medio Ambiente y para la sociedad en general.

La Audiencia nacional ha mantenido en sentido protegido el contenido del PRP “Plan de rehabilitación de Palomares” que fue aprobado en el año 2020 y que el Consejo de Ministros finalmente desclasifico con condiciones en noviembre del 2020, esta desclasificación fue realizada tras reiterados requerimientos de la propia Audiencia Nacional, que lo hacía únicamente para efectos de la incorporación al procedimiento contencioso y con carácter confidencial. Para no desclasificar, el Gobierno argumentaba que necesitaba el «consentimiento» del organismo que lo elaboró, el CIEMAT, y de otro lado y para el resto de documentación, «el de las autoridades de EE. UU.» a las que se «había cursado consulta».

Con todo lo anterior finalmente la Audiencia Nacional este mes fallará sin proceder a obligar al Consejo de seguridad Nuclear, sobre cuando y como limpiar el suelo radioactivo en Palomares con plutonio y americio en toda el área afectada por décadas ya que la contaminación en las tierras del municipio de Palomares continua y existen incertidumbres sobre los riesgos reales para la población y el medio ambiente, sobre el alcance de las restricciones de uso, sobre los planes de limpieza y sobre la financiación.

 

Lina María Padilla, abogada de Cremades & Calvo-Sotelo

De acuerdo