La economía digital plantea nuevas realidades que presentan implicaciones fiscales cuya determinación no siempre resulta sencilla

Este martes 11 de abril comienza la campaña de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente a las rentas obtenidas durante el año 2022. Cerca de 22 millones de contribuyentes están obligados a presentarla antes del próximo 30 de junio, pero como cada año surgen dudas.

¿Qué novedades hay este año respecto a la declaración de la renta?

Entre las principales novedades a nivel general (excluyendo las propias de cada Comunidad Autónoma que se aplicarán en función de la residencia del contribuyente) está la consideración como ganancias patrimoniales de algunas ayudas, que por tanto deberán tributar en el IRPF, como son el cheque único de 200 euros para personas con bajo nivel de ingresos o los 400 euros del bono cultural joven.

Las deducciones en los planes de pensiones también cambian. El fiscalista Marcos González, asociado en Cremades & Calvo-Sotelo, define las limitaciones establecidas para las aportaciones a sistemas de previsión social, como una medida de gran impacto. La aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF pasa a 1.500 euros anuales (frente a los 2.500 euros aplicables hasta ahora), mientras que las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022. Entre las dos, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.

Por otro lado, se extiende el ámbito de aplicación de la deducción por maternidad, a las mujeres que hayan sido madres y que a partir de 1 de enero de 2020 estén en alguna de estas situaciones: en desempleo por un ERTE, en periodos de inactividad productiva si son trabajadoras fijas discontinuas y, en el caso de las autónomas, si están recibiendo prestación por cese de actividad debido a la suspensión de la actividad económica desarrollada.

Finalmente, para los autónomos que tributan en estimación objetiva, la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el periodo impositivo 2022 sube del 5% al 15% (y hasta el 20% en actividades realizadas en Lorca y en la isla de La Palma).

¿Qué puedo deducir en la declaración?

También a nivel general, entre las principales deducciones que pueden aplicarse los contribuyentes en la declaración de la renta están: las obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial que contribuyan a una reducción del consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B; las donaciones y aportaciones para actividades prioritarias de mecenazgo; las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos, federaciones y sindicatos; o las cuotas a colegios profesionales.

Como deducciones relativas a la vivienda, Marcos González recuerda que pueden aplicarse tanto la referida a las cuotas de hipoteca derivada de la adquisición de vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y al alquiler de la vivienda habitual, con contrato de arrendamiento anterior al 1 de enero de 2015.

En cuanto a aquellas relacionadas con la familia, González señala que existen beneficios fiscales relativos a familias numerosas y a maternidad por hijos menores de 3 años.

Del mismo modo, también existen deducciones relativas a las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla y en caso de residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma durante 2022.

¿Qué rentas están exentas?

La normativa de IRPF prevé, según explica Marcos González, la exención de un catálogo de rentas, lo que significa su no inclusión en la base imponible del impuesto. Es decir, una no tributación.

Entre ellas están las indemnizaciones por despido, a la exención de los salarios por los trabajos realizados en el extranjero, indemnizaciones por accidentes, así como las exenciones con finalidad social como las ayudas para afectados por determinadas enfermedades, víctimas del terrorismo, pensiones por incapacidad permanente o gran invalidez y determinadas prestaciones sociales.

¿Cómo se declaran las operaciones con criptomonedas?

En materia de criptoactivos, la Dirección General de Tributos viene estableciendo su tratamiento fiscal: la transmisión de los criptoactivos constituirá una ganancia patrimonial, mientras que la minería o trading para terceros constituirá actividad económica. Se ha incorporado una nueva casilla, la 1626, para declarar la compraventa de criptomonedas. Hay que declarar las fechas y los valores de adquisición para que el programa calcule las ganancias o pérdidas obtenidas durante 2022.

Recientemente, se ha determinado también que la actividad de staking (operaciones financieras en las que se adquieren criptomonedas y se mantienen bloqueadas para recibir recompensas) da lugar a rendimientos del capital mobiliario.

¿Debe declararse la recepción de bizums? ¿Y las ventas entre particulares a través de plataformas de segunda mano?

Con respecto a las transferencias bancarias instantáneas vía Bizum, Marcos González insiste en que hay que tener en cuenta que Bizum no es más que un medio de pago y por tanto debe tratarse igual que una transferencia bancaria. Sin embargo, advierte, si se usa Bizum para el cobro de rentas sujetas a tributación, por ejemplo, un alquiler, o rentas percibidas del desarrollo de una actividad económica si será necesario que se declaren. Lo mismo ocurrirá si los envíos superan los 10.000 euros anuales. “En las demás situaciones, no debemos preocuparnos”, afirma el abogado.

Por otra parte, sobre las plataformas de venta de bienes de segunda mano, Marcos González apunta que habrá que tener en cuenta si las operaciones son ocasionales o si, por el contrario, se aprecia cierta habitualidad y ordenación de medios en la venta de productos de segunda mano puesto que, en esta situación, el contribuyente estaría desarrollando una actividad económica. De cualquier forma, es habitual que el precio de venta sea inferior al precio de adquisición del bien, situación que no daría lugar a tributación en IRPF.

¿Hay obligación de declarar siempre que hay dos pagadores?

Según Marcos González, esto es un mito derivado de un hecho frecuente: cuando tienes más de un pagador, la autoliquidación del IRPF tiende a resultar positiva. Pero ello no supone que la factura fiscal del contribuyente aumente, si no que algunos de los pagadores han retenido de menos.

La única diferencia entre tener uno o varios pagadores es que el umbral de renta que obliga a presentar declaración es mayor en situaciones de un único pagador, mientras que, con rentas inferiores y pluralidad de pagadores, el contribuyente puede estar obligado a autoliquidar IRPF. Así, solo si la cantidad de rendimientos totales del trabajo es de 14.000 euros, siempre y cuando el segundo pagador y los siguientes (si hay más) sumen más de 1.500 euros anuales.

Si me quedé en paro, ¿debo presentar la declaración de la renta?

Cobrar una prestación de desempleo equivale a recibir un salario, de modo que una persona en paro puede estar obligada a presentar la declaración de la renta al igual que si estuviera percibiendo un sueldo siempre que sus ingresos superen los 22.000 euros con un solo pagador o los 14.000 euros cuando sean dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo o más pagadores sea por una cuantía superior a 1.500 euros.

¿Es suficiente con confirmar el borrador para hacer la declaración?

En opinión de Marcos González, si bien la Agencia Tributaria viene desarrollando un gran trabajo para facilitar el cumplimiento normativo en IRPF a los contribuyentes, ofreciendo herramientas informáticas muy útiles como es el borrador, sigue siendo conveniente buscar asesoramiento profesional de apoyo en esta tarea. Y es que, tal y como avisa el fiscalista, son numerosas las autoliquidaciones que no pueden ser confeccionadas únicamente con el borrador o aquellas otras cuya preparación es compleja. Es más, “los errores en la cumplimentación de la autoliquidación derivados de la aceptación del borrador no impiden la imposición de sanciones por parte de Hacienda”, advierte.

Si en el borrador no aparecen determinados datos o hay algunos incorrectos ¿hay que corregirlo?

Sí, siempre debe completarse el borrador con los datos que falten y rectificar aquellos que puedan ser incorrectos. Hacienda tiene cuatro años para revisar las declaraciones y, en caso de error u omisión por parte del contribuyente, practicará las correspondientes liquidaciones complementarias e incluso puede imponer sanciones.

¿Es siempre preferible para un matrimonio hacer la declaración conjunta?

En el caso de los matrimonios suele ser preferible hacer la declaración conjunta cuando uno de los dos cónyuges no trabaja, por lo que no recibe ingresos. En cambio, si ambos cónyuges tienen ingresos, entonces suele ser preferible hacer declaraciones individuales.

De acuerdo