El estado de alarma obliga a hacer un esfuerzo logístico y económico extra en favor del hijo. Se aconseja plasmar por escrito los cambios del acuerdo.
¿Se puede modificar el régimen de visitas de la custodia de un menor durante el estado de alarma? ¿Podría quedarse uno de los padres con el menor más tiempo del establecido en detrimento del otro? ¿Sería conveniente plasmar por escrito los cambios que se produzcan para evitar que se traduzcan en una avalancha de asuntos judiciales entre los padres? Son muchas las preguntas que se hacen las personas divorciadas o separadas con hijos y que no encuentran respuesta clara en la Justicia ante la ausencia en estos momentos de un patrón de actuación común en todo el territorio. Ello obliga a gestionar el asunto con mucho sentido común en aras siempre del beneficio del menor.
Así lo explica la abogada asociada a Cremades & Calvo Sotelo Patricia Rey en declaraciones a este periódico. La aprobación del real decreto que regula el estado de alarma ante la crisis sanitaria del coronavirus dio pie a situaciones encontradas en el ámbito de los regímenes de custodia compartida o visitas entre parejas separadas con hijos. Con el paso de los días, la situación se ha ido agravando al no existir una actuación general en todo el territorio. De hecho, la Comisión Permanente del CGPJ acordó, tras su reunión extraordinaria del pasado viernes, mantener que siga siendo cada juez el que decida sobre los cambios en estas medidas.
Esta situación podría dar pie a numerosas acciones judiciales por parte de uno de los padres que no esté de acuerdo con la gestión de su expareja o que la modifique sin su consentimiento. Es por ello que la abogada de familia recomienda, por un lado, aplicar más que nunca el sentido común y, por otro, plasmar por escrito cualquier cambio que se produzca en lo que respecta a las normas de reparto establecidas. «Aquel progenitor que no haya cumplido en sus propios términos lo establecido en resolución judicial habrá tenido que tomar la decisión de forma coherente y siempre en beneficio del menor», dice Rey.
¿En qué situaciones hay conflicto?
En principio, y según la abogada, aunque la ausencia de pautas generales es «desacertada» y viene motivada por la rapidez con la que el Gobierno de Sánchez decretó el estado de alarma, no tendría por qué producirse choque de trenes. Por ejemplo, si uno de los progenitores debía ver a los menores dos tardes intersemanales con pernocta, pero resulta que no tiene opción de teletrabajar y por lo tanto se expone a contraer el coronavirus, lo cierto es que lo deseable es que no esté cerca de los menores a fin de evitarles un posible contagio, explica Reyes que añade que incluso por el hecho de estar yendo y viniendo también sería lógico que esta persona en cuestión renunciara a su derecho de visitas.
También puede ocurrir lo contrario, que uno de los padres quiera mantener intacto el calendario estipulado y el otro lo rechace porque considere que pueda poner el riesgo el bienestar del menor. Ahí es cuando se pueden producir acciones judiciales pero, en opinión de la experta, deberían decaer siempre y cuando esta obstaculización no sea por intereses personales sino para evitar un mal mayor al pequeño. Por ello lo recomendable es plasmar por escrito todos estos cambios y que los mismos no vayan más allá del estado de alarma; es decir, que cuando el país recupere la normalidad, el régimen que prevalezca sea el original.
Cómo gestionarlo con los menores
El conflicto surgido los últimos días derivó en que algunos jueces mantuvieran los traslados acordados entre padres separados mientras que otros lo suspendieron. El incremento de la polémica llevó al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, y a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, a recordar que el real decreto permite a los progenitores desplazarse para proceder a la entrega o recogida de sus hijos. Ahora bien, pidieron que esta medida se aplique «de forma restrictiva», un reclamo que no comparte Rey. Al contrario, la experta interpreta que este artículo de la norma sería aplicable en caso de que los menores estuvieran «desasistidos o desatendidos», lo que no ocurre si éstos se encontraban en casa de uno de los dos padres cuando se decretó el estado de alarma.
«Sea cual sea la interpretación acertada, siempre se concluye de la misma forma: que se actúe con sentido común, por lo que creo que el estado de alarma excepcional por el que estamos atravesando, exige de los progenitores estar a la altura de las circunstancias excepcionales y no ver en esta situación un resquicio por el que tratar de justificar lo injustificable, como un ataque al otro progenitor que tiene su origen más en una relación personal enquistada entre progenitores que en el beneficio de los más pequeños», explica la experta.
Para evitar que estas desavenencias acaben en manos de los tribunales, la abogada recomienda fomentar más si cabe la comunicación no solo entre la expareja sino también con el niño. Aunque estén confinados en sus casas pueden aprovechar de todas las alternativas que ofrece la tecnología para estar en contacto continuo con los hijos. No hay que olvidar que este cambio de las reglas del juego también afecta de manera directa a los padres no solo en lo que a logística se refiere sino en el ámbito laboral y económico, en función de las circunstancias de cada uno.