Todas las personas trabajadoras, podrán ejercer sus derechos y obligaciones electorales en las elecciones del próximo 4 de mayo en Madrid, aunque ese día tengan que trabajar. Así, el artículo 37.7 apartado d) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece expresamente que las personas trabajadoras dispondrán del tiempo indispensable, para el cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público y personal, comprendiendo el ejercicio del sufragio activo.

En cuanto a la duración de estos permisos, y conforme ha publicado la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, en resolución de 24 de marzo de 2021, hay que diferenciar los permisos para los trabajadores en general, y los permisos para las personas que, además, hayan sido designadas como miembros de las mesas electorales, interventores o apoderados.

  1. Permisos para los trabajadores cuyo horario de trabajo coincida con el de apertura de las mesas electorales o, en su caso, con las oficinas de correos, en dos o más horas:

El permiso retribuido para ir a votar dependerá de la coincidencia del horario laboral con el de apertura de las mesas electorales, que será de 9 a 20 horas, correspondiendo a la empresa la distribución del período del permiso en función de la organización del trabajo

No tendrán derecho a permiso aquellas personas cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas. Si coincide en dos o más horas y menos de cuatro, el permiso será de dos horas. Si la coincidencia es de entre cuatro o más horas y menos de seis, el permiso será de tres horas. Finalmente, a partir de seis o más horas de coincidencia, el permiso será de cuatro horas.

También tendrán derecho a un permiso retribuido los trabajadores que presten servicios el día electoral lejos de su domicilio habitual o en condiciones de las que se derive dificultad para votar, para que puedan formular personalmente la solicitud de la certificación acreditativa de su inscripción en el censo, así como para la remisión del voto por correo. Su duración dependerá de los criterios anteriores de conformidad con los horarios de apertura de las oficinas de Correos.

La duración del permiso se reducirá proporcionalmente para los trabajadores a tiempo parcial.

  1. Presidentes, vocales, interventores y apoderados:

Los presidentes, vocales e interventores tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si esa fecha no coincide con el disfrute de su descanso semanal, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior. En el caso de los apoderados, el permiso será únicamente por el día de la votación. Además, si los presidentes, vocales, interventores o apoderados tuvieran que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa deberá cambiar el turno, si así se lo solicitan. 

 

elecciones madrid 4 de mayo 2021

permisos retribuidos para votación presencial

 

Sólo si hay coincidencia del horario de apertura de las  mesas electorales (de 9 a 20h) con el horario laboral en al menos 2 horas

 

Duración del permiso

 

Si coinciden horarios en 2 o más horas y menos de 4

 

2 horas*

 

Si coinciden horarios en 4 o más horas y menos de 6

 

3 horas*

 

Si coinciden horarios en 6 o más horas.

 

4 horas*

 

*En el caso de personas trabajadoras a tiempo parcial, la duración del permiso se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de las personas trabajadoras contratadas a tiempo completo en la misma empresa.

 

elecciones madrid 4 de mayo 2021

permisos retribuidos para votar por correo

 

Sólo si hay coincidencia del horario de apertura de correos con el horario laboral en al menos 2 horas

 

Duración del permiso

 

Si coinciden horarios en 2 o más horas y menos de 4

 

2 horas*

 

Si coinciden horarios en 4 o más horas y menos de 6

 

3 horas*

 

Si coinciden horarios en 6 o más horas.

 

4 horas*

 

*En el caso de personas trabajadoras a tiempo parcial, la duración del permiso se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de las personas trabajadoras contratadas a tiempo completo en la misma empresa.

 

 

 

elecciones madrid 4 de mayo 2021

permisos retribuidos presidentes, vocales e interventores

 

Tienen permiso retribuido el día de la votación y 5 horas del día inmediatamente posterior.

Si tuvieran turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la votación, podrán solicitar el cambio de turno.

 

 

elecciones madrid 4 de mayo 2021

permisos retribuidos apoderados

 

Tienen permiso retribuido el día de la votación.

Si tuvieran turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la votación, podrán solicitar el cambio de turno.

 

 

Marta Iranzo Fernández-Valladares

Socia Área Laboral Cremades & Calvo-Sotelo

De acuerdo