La actual regulación de los aspectos de circulación, tráfico y seguridad vial, se encuentra en el texto refundido publicado el 31 de octubre de 2015, es la denominada Ley de Tráfico que recoge el Real Decreto Legislativo 6/2015.

Pero este texto refundido tiene sus orígenes en la ley del año 1990, que ha ido sufriendo modificaciones, como la regulación del permiso por puntos, la creación de un procedimiento sancionador de carácter especifico y una traslación al ámbito penal de ciertas conductas que se consideran muy graves para la correcta convivencia de los ciudadanos.

Debido a los avances  de la sociedad y las nuevas tecnologías aplicadas en la conducción de vehículo y los problemas ambientales, sobre todo de las ciudades, considero que se debe entrar en un periodo de reflexión, análisis y propuestas de cambio, ya que en estos últimos años se puede observar que la circulación de vehículos tiene unos condiciones, que como hemos indicado, han evolucionado y se necesita una actualización.

La ley de tráfico sigue anclada en el concepto de regulación de la circulación de “vehículos a motor”, dejando en un segundo plano y por razones de seguridad vial la circulación de peatones y animales. Los municipios tiene competencias para regular, ordenar, gestionar, vigilar y disciplinar en las vías urbanas de su titularidad, pero el resto del desarrollo competencial es muy exiguo en la ley, estamos ante un concepto de competencia territorial, sin tener en cuenta que la ciudad no tiene el mismo concepto  que a principios de siglo.

La circulación de vehículos y personas en el ámbito urbano no tiene las mismas características que el tráfico en las carreteras. Los municipios crecen con rapidez y la movilidad tiene sus efectos en temas de salud, energía, seguridad, integración social y competitividad de las ciudades en temas económicos y de desarrollo, en definitiva la calidad de vida que se persigue en una ciudad para que crezca y resulte innovadora.

No podemos olvidar los datos que nos indican que en Europa adquiere cada vez más importancia el concepto de Movilidad Urbana y ello resulta de fácil comprensión, en estos momentos el 72% de la población europea vive en zonas urbanas y estas ciudades generan el 85% del PIB de la Unión Europea.

La facultad reguladora de los ayuntamientos, según la ley de tráfico, se circunscribe a la ordenanza municipal, que esta constreñida y limitada por la Ley. Esta ley tiene sus bases y objetivos en una circulación de vehículos a motor por las carreteras y con criterios como son el deber de hacer compatible la distribución de aparcamientos con fluidez del tráfico rodado y garantizar la rotación de aparcamientos. Estos principios se alejan del concepto de movilidad sostenible de nuestras ciudades, donde el principio del reparto del espacio debe obedecer a parámetros diferentes y no ser el vehículo a motor la prioridad de regulación.

Es necesario una nueva Ley de movilidad urbana que debe indicar los principios inspiradores de la nueva realidad municipal y sobre todo la aparición de las áreas metropolitanas, que por un ejercicio de coherencia económica, gestión racional y calidad de vida suelen gestionar servicios de varios municipios con resultados muy positivos, pero que carecen de poder legislador para gestionar y limitar aspectos de la circulación de vehículos, sean o no motorizados.

Sería básico que la propia ley defina los conceptos de la movilidad urbana, y los objetivos de esta nueva movilidad como definir los conceptos de la movilidad sostenible como son la accesibilidad, la regulación de la contaminación, criterios de reparto del espacio público con criterios sostenibles tener presente el coste social del transporte, y todos aquellos que son necesarios para garantizar la movilidad adecuada, segura y con el mínimo impacto ambiental en los ciudadanos.

Si la movilidad urbana sostenible debe seguir avanzando, ya es hora de tener una ley que permita sin limitaciones un acceso a ciudades con calidad de vida y movilidad sostenible.

Alfonso Perona es abogado en ejercicio, asesor y formador en temas relacionados con la movilidad urbana sostenible y la seguridad vial.

De acuerdo