El 14 de noviembre 2022, dentro de la línea de acción del gobierno de la República Bolivariana de Venezuela contra el periodismo independiente y la libertad de expresión, con más de 400 medio de comunicación cerrados, el Tribunal Supremo de Venezuela, emitió resolución por la que se acuerda admitir la solicitud de extradición contra el Sr. Jorge Neri Bonilla, Editor del prestigioso medio de comunicación CAMBIO16, para ser sometido a un procedimiento penal en ese país por unos supuestos delitos de peculado doloso propio, evasión de procesos licitatorios y legitimación de capitales y asociación.

Los argumentos expuestos en la mencionada resolución y la previa calificación de delitos que presuntamente se imputan al Sr. Neri, revelan la motivación política y de censura a la libertad de información y de expresión que se esconde detrás. La prueba indiciaria para la incoación del procedimiento penal en Venezuela se basa en tres artículos de prensa publicados por “Diario 16″, con el cual, Cambio16 y Sr. Neri tienen un conflicto legal, habiendo obtenido este último un pronunciamiento favorable a sus demandas por el Tribunal de Segunda Instancia de Marcas de la Unión Europea.

La persona responsable de estas publicaciones y del medio «Diario 16», es D. Manuel Domínguez, que desde el año 2015, comenzó a publicar en Internet un nuevo diario digital que denominó “DIARIO 16”. Este lanzamiento fue un nuevo punto de inflexión en su relación con la sociedad Grupo EIG Multimedia, para la que anteriormente trabajó y en la que dirigió la revista “CAMBIO16”, que ahora preside D. Jorge Neri Bonilla. Durante el año 2018 el conflicto escaló todavía más con motivo de las fake news publicadas desde DIARIO 16 contra el Sr. Neri, imputándole, sin pruebas, distintos delitos con el ánimo de desprestigiar en el mercado la honestidad e integridad de la revista “CAMBIO 16”.

Tras varios años de conflictos en varias instancias españolas y europeas, finalmente el pasado 2 de noviembre de 2022, el Tribunal de Marcas de la Unión Europea, Audiencia Provincial de Alicante Secc. 8a, estimó la demanda de Grupo EIG Multimedia-sociedad de la forma parte el Sr. Neri- contra MULTIMEDIA EDICIONES GLOBALES y D. Manuel Domínguez acordando, entre otras:

  1. La declaración de nulidad de las marcas españolas y de la Unión Europea «Diario 16”; “Feminismo 16»; «Diario 16 Mediterráneo» y “Diario 16. El Diario de la Segunda Transición»;
  2. El cese en el uso de los signos infractores para la identificación en España de publicaciones periódicas;
  3. La cancelación de los nombres de dominio diario16.com y mediterráneo.diario16.com;
  4. La condena a MUKTIMEDIA EDICIONES GLOBALES a indemnizar a GRUPO EIG MULTIMEDIA en el 1% de la cifra de negocios en el uso de los signos infractores desde el mes de diciembre de 2015 hasta su cese efectivo;
  5. La condena a Multimedia Ediciones Globales a pagar una indemnización coercitiva que no podrá ser inferior a 600 € por día en caso de incumplimiento de la condena de cese.

La Sentencia muestra el conflicto comercial y jurídico entre D. Manuel Domínguez y el Sr. Neri, y además considera “demostrada la mala fe” con la que D. Manuel Domínguez urdió, a través de Multimedia Ediciones Globales y otras compañías, un plan para desacreditar y perjudicar la nueva etapa de CAMBIO16 liderada por esta parte.

En relación con lo anterior, queda claro que la posible solicitud de la extradición del Sr. Neri es consecuencia de la reiterada critica de la política de Venezuela en la revista CAMBIO 16. La intención del Estado de Venezuela no es otra que perseguir o castigar al Sr. Neri por sus opiniones políticas contrarias a sus autoridades, motivo legal para en su momento denegar la solicitud de extradición, entre otras razones, según lo dispuesto en el art.5.1 de la ley de Extradición.

En virtud de la caracterización del proceso penal seguido en contra del Sr. Neri en Venezuela, como un procedimiento bajo motivación política, existen sólidas razones que contempla la propia Ley de Extradición que nos lleva a concluir que su extradición sería del todo improcedente.

De acuerdo