Las Sentencias de la Sala 1ª de lo Civil del Tribunal Supremo números 1652/2017 de 4 de mayo de 2017, 716/2016 de 30 de noviembre de 2016 y 734/2016 de 20 de diciembre de 2016, referencias Laley núm 35042/2017, 178701/2016 y 184724/2016 respectivamente,  confirman que la “restitutio” contemplada en el artículo 1.303 del código civil derivada de la nulidad de los contratos de suscripción de participaciones preferentes, comporta el pago por la entidad financiera a la que se le declaran nulos tales contratos y en favor del demandante,  de los intereses del capital invertido por éste desde el momento en que se llevó a cabo la adquisición y no desde la fecha en que presentó la demanda. 

De acuerdo